Formulario 575/RT en AFIP: Pago voluntario de empleada doméstica – Todo lo que necesitas saber

La AFIP, en el trabajo de recaudación de impuestos, ha creado el formulario 575/RT para que las personas puedan pagar las cuotas correspondientes a la seguridad social si se tiene una empleada o empleado de servicio doméstico.

Es importante que cada contribuyente pague sus cuotas correspondientes, ya que la administración puede incurrir en sanciones si una persona no paga la parte correspondiente a la seguridad social de una empleada del hogar.

¿Cuál es el formulario 575/RT AFIP y cuál es su objetivo para la seguridad social?

El formulario 575/RT ha sido creado por la AFIP para que los empleados domésticos se encuentren cubiertos por la seguridad social, con el objetivo de que las personas que dispongan de trabajadores para el hogar paguen sus correspondientes cuotas.

Se utiliza principalmente cuando la empleada hace uso de los servicios de la seguridad social por medio de su obra social, pero los aportes que se realiza son más bajo del total, dónde el importe es de 536.35 pesos.

Por eso el formulario 575 se genera para realizar el pago de la diferencia de lo que la empleada se encuentre pagando a la obra social y el importe de 536.35 pesos, aportando el total correspondiente para cubrir la cuotas correspondientes.

El objetivo es que se haga en la primera cuota del pago, siempre destinado a las aseguradoras de riesgos de trabajo, así desde el primer día la empleada o el empleado doméstico se encontrará cubierto y con todas sus prestaciones.

¿Qué beneficios tiene el formulario 575 de la AFIP?

Es muy importante que cualquier argentino complete el formulario 575, con ello cubrirá las cuotas a la seguridad social del empleado del hogar y se encontrará de manera legal trabajando en el domicilio.

Según las normas del país cada persona que emplee una persona para realización de tareas domésticas, se debe de crear un documento con los datos personales de ambos para que se genere una constancia de que existe una relación laboral.

A partir de ahí según la negociación entre ambos, se indicará todos los pagos que el empleador va a realizar al empleado mediante volantes de pago y las cuotas satisfechas por parte del empleador.

Los beneficios del formulario 575 para el empleado del hogar son:

  • Cobertura total de salud en caso de enfermedad o accidente.
  • Cotizaciones para la jubilación.
  • Cobertura en aseguradoras por riesgo de trabajo.
  • Aguinaldos.
  • Vacaciones y descansos establecidos por ley.
  • Deducción de impuestos de los empleadores que cumplan totalmente todas las cuotas a la seguridad social.
  • Protección judicial en caso de que las dos partes tengan un desencuentro y necesiten resolverlo a través de una vía judicial.
  • Ventajas en la tarjeta SUBE.

¿Cómo y dónde presentar el formulario 575 en AFIP?

Lo primero que tenemos que hacer es conseguir el formulario 575/RT, puedes llenarlo en línea a través de este enlace o llenarlo directamente en una oficina, pero nuestra recomendación es que lo hagas en línea, lo imprimas y lo presentes en la oficina.

A continuación, tienes una guía paso a paso de cómo llenar el formulario 575 de AFIP:

  1. Lo primero y más importante es indicar el CUIL del empleado y el período que se va a pagar, indicando el mes y el año.
  2. En el primer rubro, el empleador puede aportar para el régimen jubilatorio un mínimo de 33 pesos en el primer rubro.
  3. También se indica si vas a abonar la diferencia fuera de tiempo de alguno de tus pagos, incluido el interés generado en caso de que sea necesario, y hasta aquí los conceptos de contribuciones a la seguridad social.
  4. En el segunda rubro corresponde al importe que se debe de abonar para la cobertura de la obra social del trabajador y los intereses que se puedan generar de los mismos, siempre calculándolo con el total de horas trabajadas.
  5. Continuamos con la cobertura del grupo familiar primario, donde debes indicar si vas a pagar dicho importe, que junto con la obra social adherente, terminamos con los conceptos de la obra social.
  6. Y por último, conceptos relacionados con coberturas a las aseguradoras de riesgos de trabajo (ART), dónde se indicará y se pagara la diferencia con estas y los intereses generados por diferencias de las mismas.
  7. Sin olvidar el CUIT/CUIL del empleador o empleadora.

Ya se encontraría totalmente rellenado, solo debemos de dirigirnos a la oficina AFIP más cercana para que se generen los volantes de pago y se registre todo en la administración sin incidencias.

¿Dónde se pagan las contribuciones de las empleadas domésticas?

Todas las contribuciones se pagan a mes vencido, es decir, al final el servicio de trabajo de la empleada doméstica, pero ojo, el empleador tiene hasta el día 10 del mes siguiente, en caso de no pagar las cuotas, se generarán intereses y en casos de mucho retraso, sanciones administrativas.

Existen 3 modalidades de pago de las contribuciones en AFIP:

  1. Presencialmente a través de Pago Fácil, Rapipago o cualquier banco autorizado por la AFIP para pagar impuestos y contribuciones.
  2. En línea a través de homebanking, hay una opción habilitada llamada “AFIP Doméstica Activa”, donde registras la relación de horas del empleado y el importe del pago.
  3. En la web oficial de AFIP, donde se ha creado una sección específica para pagar tus contribuciones, indicando la fecha y la cuenta desde donde deseas realizar el pago.

Lo más cómodo es hacerlo a través de tu banco, ya la mayoría incorpora dicha opción para hacerlo en línea, te muestro todos los que poseen la opción habilitada:

  • Credicoop.
  • El banco de la Provincia de Buenos Aires.
  • ICBC.
  • Patagonia.
  • Más Ventas.
  • Banco de la Nación.
  • Itau Argentina.
  • Galicia y Buenos Aires.
  • Tucumán.
  • Coinag.
  • Municipal de Rosario.
  • Industrial.
  • Julio.
  • Meridian.
  • Bica.

Solo es cuestión de que preguntes en tu banco en caso de que no lo encuentres en esta lista.

Actualización de valores del formulario 575 AFIP

Cada año, la AFIP muestra los valores de los aportes de los empleados y empleados del hogar, por lo que debemos de pagar las contribuciones específicas, en caso contrario nos podemos encontrar que nos tocará pagar intereses.

Estos pueden variar dependiendo de los incrementos que vaya anunciando el gobierno, incluso en año en curso.

Generalmente suelen ser un incremento del 10% y se realizarán a aseguradoras de riesgos de trabajo de empleadas de servicios doméstico, con otra aportación en agosto y una última en octubre.

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